5 / Sep / 2017 | 38 Comentarios
En este artículo se analizan las conductas que calificadas como delito de tráfico de drogas (ya sea por la simple tenencia de cierta cantidad de drogas o por otras pruebas) conllevan penas de prisión importantes por realizarse en determinadas circunstancias que el Código Penal ha establecido como agravantes de la pena.
Una persona puede estar cometiendo un delito de tráfico de drogas castigado con una pena de prisión importante debido a la concurrencia de alguna de estas circunstancias (desconociéndolo totalmente hasta el momento en el que se le juzga).
Ello comporta en muchas ocasiones que personas que son detenidas con pequeñas cantidad de substancias acaben en prisión por las circunstancias en las que dichas substancias se encuentran o por las personas a las que se les facilita la substancia (cuando el ingreso en prisión no sería posible en caso de no aplicarse el agravante) debido a que las penas de prisión previstas se elevan, en caso de drogas blandas son de 3 a 4 años y medio de prisión al margen de la cantidad de substancia decomisada (incluso en caso de cantidades escasas). En caso de drogas duras las penas previstas son de 6 a 9 años de prisión. En ambos casos se prevé que al margen de la pena de prisión se impondrá una multa cuya cuantía puede variar entre el valor de la droga y el cuádruple del valor de la droga (valor de la droga multiplicado por 4).
Las circunstancias agravantes en el delito de tráfico de drogas son las siguientes:
1.- La profesión del acusado. Que se trate de un agente de policía, funcionario de prisiones o centro de menores, trabajador social, médico o enfermero, profesor o maestro y dentro del ejercicio de sus funciones cometa el delito de tráfico de drogas.
2.- Las actividades que lleve a cabo el acusado. El trasporte de mercancías o pasajeros utilizando el automóvil o camión para transportar dichas substancias, la realización de otras actividades como dirigir un club cannabico o un growshop son algunas de las actividades que pueden considerarse circunstancia agravante.
3.- La venta o tenencia de cierta cantidad de substancia en establecimiento abierto al público. Se trata de casos de venta de estas substancias en establecimientos tales como bares, pubs, tiendas, growshops, locales de alterne, tiendas o similares, la conducta debe ser cometida por jefes o empleados de dichos establecimiento (no se aplica en caso de personas que acuden a estos lugares a realizar ventas sin ser jefes o empleados de dichos locales).
4.- Facilitar o vender substancias a menores, discapacitados psíquicos o personas en tratamiento de deshabituación. Resulta necesario que el acusado tenga conocimiento de que se trata de un menor, un discapacitado psíquico o una persona sometida a deshabituación, también se aplica en casos en los que por circunstancias físicas evidentemente se intuye que se trata de menor o discapacitado psíquico (escasa edad o rasgos claros como pueden ser síndrome de Down).
5.- La cantidad de substancia. Resulta necesario que la cantidad sea importante para que las cantidades sean consideradas notoria importancia. Los límites a partir de los cuales se considera notoria importancia se recogen en mi artículo:
http://abogadosergiocorral.com/trafico-de-drogas-cantidades-a-partir-de-las-que-se-considera-delito-sin-ser-necesarios-otros-indicios/
6.- Substancias adulteradas o manipuladas que incrementen los riesgos para la salud. Se trata de drogas cortadas con substancias nocivas para la salud, el acusado debe conocer que dichas substancias se encuentran adulteradas o haberlas adulterado el mismo, salvo casos en los que las substancias son especialmente nocivas para la salud en los que se puede aplicar aun desconociendo esta circunstancia.
7.- Facilitar o vender substancias en centros penitenciarios, institutos o colegios, establecimientos militares, centros de deshabituación o en sus proximidades. Como se indica no se refiere únicamente a realizar estas conductas en el interior de estos lugares sino también en sus proximidades (generalmente en la puerta o lugar muy cercano).
8.- Emplear violencia, enseñar o utilizar armas. Se trata de emplear violencia o enseñar armas a compradores, vendedores o en el momento de la detención policial.
Por último, existe una circunstancia que eleva aún más las penas, esta es:
9.- Que el acusado pertenezca a una organización criminal.
Se considera organización criminal la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o indefinido que de manera concertada y coordinada se reparten tareas o funciones para cometer delitos.
Las penas previstas en estos casos son de 9 a 12 años de prisión en caso de drogas duras y de 4 años y 6 meses a 10 años en caso de drogas blandas, además de multa de doble del valor de la droga hasta el cuádruple de dicho valor (valor de la droga multiplicado por 4).
Las penas previstas pueden incluso aumentarse en los casos en los que la cantidad sea de extrema gravedad, se utilicen buques, aeronaves o embarcaciones de gran tamaño, se simulen operaciones de comercio internacional entre empresas (contenedores) o se trate de redes internacionales dedicadas a estas actividades.
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TRAFICO DE DROGAS: CANTIDADES A PARTIR DE LAS QUE SE CONSIDERA DELITO (SIN SER NECESARIOS OTROS INDICIOS).
Autor: Sergio Corral Izquierdo Contacto: 639945166
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Manuel Gómezel 25 / Sep / 2017 a las 10:30 pm
Hola, buenas. Me cogieron hace unos meses con menos de 1 gramo de marihuana y dos meses despues con 1 gramo de hachís. Cuanto tendria que pagar, aproximadamente, por cada multa?
Responder
Sergio Corralel 27 / Sep / 2017 a las 8:32 am
Buenos días,
La primera multa ascenderá a 601 euros (300 con la reducción por pronto pago).
La segunda multa puede ser por la misma cuantía o superior si la Administración detecta la anterior multa y se le aplica reincidencia, en ese caso suele aplicarse entre el doble 1.200 euros (600 con la reducción) y 900 euros (450 con la reducción) esta ultima cuantía es la que comúnmente se impone aún aplicando la reincidencia aunque como ya le he dicho puede aumentarse hasta el doble (900€)
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Juanel 18 / Oct / 2017 a las 6:41 pm
Hola Sergio buenas tardes, en noviembre de 2015 me cogieron en un festival con 0,3 de mdma, me llegó la multa de 600 y pague 300 x pronto pago, la semana pasada, octubre del 2017, en un concierto me pillaron cuando me estaba fumando un cigarro con cocaina, me tomaron los datos y guardaron la prueba, apenas quedaban dos dedos del cigarro…. Tuve viendo k la reincidencia en 2 años con la ley mordaza asciende a 10000-20000 e? Es cierto? Otra duda la carta me llega a un domicilio dnd no toy ahora, xk toy unos meses trabajando fuera, suelo ir cada mes y medio, sino la cojo a tiempo… Cuando empiezan a contar los 15 días para pronto pago? Cuando llega el aviso al buzón o cuando vas a buscar la carta con el aviso a correos? Gracias
Responder
Sergio Corralel 19 / Oct / 2017 a las 8:44 am
Buenos días,
En primer lugar, comentarle que la aplicación de la ley y en especial de la reincidencia que comenta no es tan estricta como puede parecer al leer la misma.
Lo normal ante una segunda infracción como la suya, conducta muy leve (como la primera infracción) por la cantidad de substancias y demás circunstancias es simplemente imponer el doble de la sanción habitual, esto es 1.200 euros 600 con la reducción por pronto pago.
En segundo lugar, el plazo para el pronto pago comienza con la notificación de la sanción, esto es que sí usted no esta en casa le dejaran el aviso en el buzón y cuando acuda a recogerlo a correos se entenderá que ha sido notificado.
Sí tras intentar notificarle en dos ocasiones no resulta posible (por no estar en el domicilio y no acudir a tiempo a por la multa a correos) se procederá a notificarle edictalmente (publicando sus datos y sanción en el Boletin oficial de la CCAA).
Notificado de forma edictar pasados 15 días perderá la posibilidad del pronto pago (suele ser muy habitual porque nadie tiene conocimiento a tiempo de su inclusión en el Boletin).
Quedo a su disposición,
Un saludo.
Isabelel 25 / Oct / 2017 a las 11:06 am
Buen día Sergio… una consulta, por el transporte de 5 kg de marihuana, cuántos años de condena le pueden dar? es posible que el inculpado pueda salir en libertad con una confesión sincera y con unas reglas de conducta?
Responder
Sergio Corralel 30 / Oct / 2017 a las 9:29 am
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La pena prevista por la cantidad mencionada es de 1 a 3 años de prisión.
Tratándose del primer delito y siendo consumidor habitual de la substancias es posible acordar una pena con la Fiscalia inferior a 2 años de prisión. Lo que supone el no ingreso en prisión si no se vuelve a delinquir en un determinado periodo de tiempo.
El transporte de la substancia dificulta este tipo de acuerdos que por lo habitual se ofrecen a personas consumidoras que son detenidas en su domicilio donde realizan plantación para su autoabastecimiento.
Por si sola la confesión de los hechos no supone el no ingreso en prisión, sobretodo si se trata de una persona no consumidora habitual.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
alina blaguel 16 / Dic / 2017 a las 1:50 am
Buen día Sergio
Ase 1 año le pio a mi pareja con 14 gramos de cocaína pero no estaba de el estaba de un compañero de trabajo mi pareja sólo quería comprar 1 gramo por su consumo.
El fiscal le pide 3 años y 10 meses.
Muy pareja declaró de qen son y a colaborado con la policía.
Me interesa si va al juzgado le puede bajar la condena?Responder
Sergio Corralel 8 / Ene / 2018 a las 11:49 am
Buenos días,
En caso de no comparecer al juicio y dada la pena solicitada por el fiscal se le pondrá en búsqueda y captura, tras ser detenido se le juzgará.
Si acude al Juzgado le bajaran o no la pena solicitada en función de distintas circunstancias (confesión, necesidad económica o grave adicción) y de la defensa letrada con la que cuente.
No es posible de antemano indicarle si le bajaran la pena acudiendo al Juzgado, lo que es evidente es que no se la bajarán si no acude.
Se trata de una decisión propia.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Joseel 5 / Ene / 2018 a las 10:58 pm
Hola Sergio,estaba saludando aún amigo que me tenía quedar 30 euros que le deje 3 días antes, y un policía se acercó diciendo que estaba vendiendo droga lo registraron no le encontraron nada ,y lo dejaron marchar a mi me registraron coche y personalmente y me sacaron una bolsita de mi cartera de cocaína, les dije que era consumidor y aún así me detuvieron 17 h en comisaria ,e recibido un requerimiento de juicio oral,el fiscal pide 3 años de pena ,tengo abogado de oficio y no se cuando es el juicio .no quiero conformidad por algo que no es.gracias
Responder
Sergio Corralel 8 / Ene / 2018 a las 11:56 am
Buenos días,
Dado el relato comentado puede obtenerse la libre absolución, no obstante, es aconsejable que el amigo deudor acuda al juicio para acreditar su versión de los hechos.
En cualquier caso puede resultar interesante la conformidad siempre que la pena sea escasa y no comporte ingreso en prisión. Es una decisión propia dado que algunas personas inocentes prefieren no arriesgarse a acabar en prisión y declararse culpables no ingresando en prisión.
Por lo que comenta no parece esa su idea por ello le recomiendo encarecidamente que contrate los servicios de una abogado especializado dado que los abogados del turno de oficio por lo general carecen de conocimientos concretos sobre estos delitos y en el caso de ser condenada tendría que ingresar en prisión.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Victoriael 19 / Ene / 2018 a las 4:26 am
Hola sergio a mi esposo lo detubieron en el aereopuerto barajas en Madrid por llevar en la maleta 3k de cocaina el no tiene residencia española ,quisiera saber cuanto tiempo le pueden dar de pena , el no tiene antesedentes penales en ningun pais gracias espero tu respuesta
Responder
Sergio Corralel 24 / Ene / 2018 a las 5:59 pm
Buenas tardes,
La pena prevista por la cantidad de substancia comentada es de 6 a 9 años de prisión.
Un saludo.
Carolinael 27 / Abr / 2018 a las 7:36 am
Hola Sergio tengo una pregunta .. a mi amigo lo pillaron con 18 años con 12 gramos de cocaína, no tiene antecedentes, y le piden 3 años y medio .. hay alguna manera de que no pueda entrar a la cárcel?? Han pasado 3 años ya y no ha tenido ningún problema hasta ahora que le toca juicio.. gracias!!
Responder
Sergio Corralel 30 / Abr / 2018 a las 11:38 am
Buenos días,
La pena solicitada por el Fiscal parece un tanto desproporcionada para la cantidad de substancia mencionada.
En cualquier caso dada la petición de la pena en caso de condena tendrá que entrar en prisión, por lo que debo recomendarle encarecidamente que contrate los servicios de un abogado especializado en este tipo de delitos para analizar el caso con detenimiento e intentar que la hipotética condena se reduzca sustancialmente impidiendo su ingreso en prisión.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Manuelel 19 / Jun / 2018 a las 1:51 pm
Hola buenas.
La pregunta era si te piyan con 100 gr de hachís enviados en correo ordinario que podría suceder..
Seria pena de carcel o multa?
Es solo para consumo propio porque estoi trabajando era para todo el verano y no quisiera perder mi trabajo por esa chorrada
La verdad que estoi un poco asustado y necesitaria su ayuda
Muchas gracias un saludoResponder
Sergio Corralel 20 / Jun / 2018 a las 10:13 am
Buenos días,
La cantidad indicada supera con mucho lo establecido como cantidad máxima para autoconsumo, siendo el máximo 25 gramos de hachís.
Supondría que se dirija un procedimiento penal contra usted por tráfico de drogas por el que se prevén penas de 1 a 3 años de prisión y, además, multa del valor de la substancia al doble del valor de la substancia.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Davidel 24 / Ago / 2018 a las 5:37 pm
Buenas sergio, hace 2 años pillaron a mi primo vendiendo 10 euros de hierba, le dijeron que si pasaba dos años se archivaba el caso, pero le.ha llegado ahora la carta del juicio despues de 2 años y 2 semanas, que le pueden decir en el juicio si el.no tiene antecedentes?
Muchas gracias!Responder
Sergio Corralel 3 / Sep / 2018 a las 3:12 pm
Buenas tardes,
De ningún modo el transcurso de 2 años supone el archivo del procedimiento penal como ya puede imaginarse al haber recibido la citación para el juicio.
En el juicio puede ser condenado por un delito de tráfico de drogas a la pena de 1 a 3 años de prisión y multa del valor de la substancia.
Dada la escasa cantidad indicada es posible alcanzar un acuerdo con la Fiscalia que reduzca sustancialmente la condena de prisión y suponga el no ingreso en la misma para su primo.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
Pacoel 4 / Mar / 2019 a las 6:20 am
Buenas haces 1 año y 1 mes me cogieron una pequeña gota de heroína y me pusieron una multa de 300€ y recientemente me han vuelto a pillar también muy poca cantidad, más o menos diría yo, que multa me van a poner? Saludos y gracias
Responder
Sergio Corralel 4 / Abr / 2019 a las 11:01 am
Buenos días,
Al haber cometido una infracción en los 2 años anteriores pueden aplicarle reincidencia y la multa en su caso puede ser de 1200 €uros (600 €uros con la reducción por pronto pago).
No es obligatorio imponer esta cantidad, por lo que puede recibir una multa de 600 €uros (300 con la reducción) pero en caso de recibir una sanción por el doble del importe justificado por la reincidencia sería legal.
Un saludo.
Yagoel 3 / May / 2019 a las 10:14 am
Hola, buenas. En julio de 2017 me incautaron 0.57g de hachis y hace una semana me han pillado otra vez. Quería saber cuál sería la multa que voy a recibir, ya que he visto en páginas de Internet que debido a una nueva ley, al ser reincidente, tendría una multa de a partir de 10000 euros. Saludos y gracias de antemano.
Responder
Sergio Corralel 7 / May / 2019 a las 10:23 am
Buenos días,
La reincidencia es una circunstancia que se valora para imponer la cuantía de la sanción económica.
No es lo único que se valora, también la cantidad incautada. Por ello, lo normal es que se imponga la sanción mínima de 600 euros (300 con la reducción) o en el peor de los casos el doble de la sanción mínima pero jamás 10.000 €uros.
Un saludo.
Lilianael 8 / May / 2019 a las 11:26 pm
Hola ase un anio que me a piao en un club con 5g de cocaina el fiscal me a dado 7 anio que puedo aser tengo miedo ase un anio y soi libre no me a llamao para juzgado
Responder
Sergio Corralel 9 / May / 2019 a las 12:03 pm
Buenos días,
La cantidad mencionada supone que en caso de que usted sea consumidora pueda conseguirse una sentencia de inocencia.
Es lo habitual que no ingrese en prisión hasta que se celebre el juicio, una vez realizado el mismo si resulta condenada ya ingresará en prisión.
Lo único que puede hacer es contratar a un abogado para tratar de conseguir que la declaren inocente o le impongan una pena baja que evite su ingreso en prisión.
Quedo a su disposición. Si desea que le envie presupuesto indique en que ciudad se esta tramitando su procedimiento.
Un saludo.
Manuel Vicente Body Ipael 11 / Jun / 2020 a las 4:27 am
Hola Sergio, hace pocas semanas pararon a mi hija de 19 años y llevaba unos 30 gramos de Maria en el bolso para ella, pero en el suelo encontraron una pequeña bolsita con un cogollo (un gramo de maría) y el problema biene cuando al preguntar de quien era eso, una niña de 14 años dijo que era suyo y que se lo había vendido mi hija por cinco euros, pero no lo vio nadie. Con lo cual estamos a la espera de un juicio por tráfico de drogas a menores y la pena es de tres a cuatro años y medio. Por la cantidad, el no tener antecedentes, no pillarle ni dinero ni ninguna bolsita más y siendo la palabra de la niña contra la de mi hija. Que posibilidad hay que le pidan prisión y de no poderla rebajar hasta la condena mínima?
Gracias.Responder
Sergio Corralel 15 / Jun / 2020 a las 7:09 am
Buenos días,
Dadas las circunstancias les recomiendo que encomienden su defensa a un abogado especializado en la materia, puede suponer la diferencia entre la absolución o el ingreso en prisión.
En caso de que su hija carezca de antecedentes penal es posible evitar que ingrese en prisión pero como acertadamente indica la pena prevista en abstracto es alta (supondría el ingreso en prisión) por venderle a menores.
Es un tema de prueba, muy probablemente el juicio deba celebrarse y deba ganarse para que no ingrese en prisión, sin perjuicio de que el fiscal pueda estar por la labor de rebajar la pena hasta el punto de no ingresar en prisión (que no principio no debería ser lo normal dadas las circunstancias).
Si desea que le enviepresupuesto por llevarle el procedimiento no dude en contactarme indicando la ciudad en la que se tramita el procedimiento.
Un saludo.
Ayoubel 15 / Nov / 2020 a las 9:39 am
Hola sergio yo tengo un local a mi nombre donde nos juntamos varias personas menores y mayores de edad la policia lo tenia vigiliado e investigado por trafico de drogaa consguieron una orden entraron y encontaron 40g de hachis y 40 de marihuana sin balanza ni nada y otros 4g de hachis distribuidos en 1g me han metido a mi el delito contra la salud publica y venta a menore aun que eso no lo tenia encima y un menor reconoce que la marihuana era suya y hay mas 4 mayores de edad consumidores habituales. Podria contar como consumo?
Responder
Sergio Corralel 21 / Dic / 2020 a las 10:21 am
Buenos días,
Precisa asistencia letrada especializada, la venta a menores imputada supone penas que pueden conllevar el ingreso en prisión.
Podría considerarse autoconsumo pero requiere una labor y trabajo durante la fase de instrucción para que así sea.
Acuda a un profesional, si desea presupuesto indiqueme la ciudad donde se tramita el procedimiento.
Un saludo.
Lalael 4 / Ene / 2021 a las 11:52 pm
Lo cojieron en una lancha con 600kg ..no tiene antecedentes cuanto le van a echar?ya lleva 9 meses
Responder
Sergio Corralel 14 / Ene / 2021 a las 11:22 am
Buenos días,
Dependerá de la defensa que se lleve a cabo, en función de los atenuantes que se consigan y de si colabora con la justicia.
En abstracto se enfrenta a penas de entre 6 a 12 años en caso de droga dura y de 3 a 6 años en caso de droga.
Un saludo.
Cristianel 11 / May / 2021 a las 11:34 pm
Hola hace unos días a mi hermano la policía secreta le pillo infraganti vendiendo 20€ de marihuana 4g además de llevar encima otra bolsa de 4g y 2 bolsas de 2g haciendo un total de 12g y 280€ en efectivo billetes de 50 y 20, después de todo eso la policía le dice a mi hermano que si tenía más droga en casa que si no la bajaba voluntariamente entrarían en casa a registrarla y que todo el mundo se enteraría para evitar problemas o que los vecinos digan algo así que le llamo a nuestra madre y le pidió que bajará la marihuana que tenía en su habitación un bote lleno de marihuana aproximadamente 200 gramos en cogollos sin pensar ni en bolsitas todo junto para su autoconsumo la policía le pregunto a nuestra madre si sabía si venida la marihuana le hicieron firmar unos documentos y le dió voluntariamente la marihuana que le pidió mi hermano por teléfono esa noche durmio en el calabozo y le le dejaron en libertar sin fianza hasta el día del juicio sabes a qué pena se puede enfrentar y si puede ir a la cárcel
Responder
Sergio Corralel 19 / May / 2021 a las 9:42 am
Buenos días,
Su hermano ha cometido un error entregándoles a los agentes la substancia que tenía en su casa.
Dada la situación y cantidad indicada (salvo la de la vivienda) a su hermano le correspondería una pena de prisión de 6 meses a 1 año y una multa de entre 60 y 120 euros.Al entregarles la cantidad que tenía en su vivienda imputarán dicha cantidad en su totalidad al tráfico de drogas, lo que comporta en abstracto, y sin perjuicio de que en caso de contar con una buena defensa se pueda volver al escenario inicial, una pena de 1 a 3 años de prisión y la imposición de una multa de entre 1000-2000 euros (que en caso de impago conlleva el ingreso en prisión).
Le recomiendo que cuente con una defensa especializada en estos temas dado que la diferencia entre el primer escenario y el segundo es importante.
Si desea presupuesto por llevarle el asunto no dude en contactar indicándomela ciudad en la que se tramita el procedimiento.
Un saludo.
Jesusel 23 / Ene / 2022 a las 2:37 am
Hola necesito saber sus honorarios para defensa por un supuesto delito de falsedad documental
Responder
Sergio Corralel 24 / Ene / 2022 a las 12:18 pm
Buenos días,
Para poder darle un presupuesto cerrado es necesario que me indique la ciudad donde se tramita el procedimiento penal en cuestión así como la fase procesal en la que se encuentra (básicamente si ya tiene fecha para la celebración del juicio o si se encuentra en fase de instrucción).
Un saludo.
Adrianel 11 / Abr / 2022 a las 6:26 pm
Hola Sergio,
Te comento,
Me cogieron con 100 g de hachís camino a casa,es para consumo propio para mí y para mí pareja para un mes y medio,ella vendrá a testificar,me piden cárcel,no tengo antecedentes,
Es mejor que entregué pruebas de que soy consumidor habitual y ella tambien verdad ? Porque ellos hacen una precisión de 25 granos por 5 días,pero pueden entender que haga una compra al mes y medio y no 4 al mes verdad? Eso es como el que va hacer la compra del Mercadona para todo el mes y se olvida!
Un saludo y
GraciasResponder
Sergio Corralel 12 / Abr / 2022 a las 8:54 am
Buenos días,
Se trata de una cantidad suficientemente importante como para que aún contando con una defensa especializada pueda no considerarse autoconsumo y resulte condenado.
Si bien es cierto que no es tan elevada como para descartar la libre absolución, y buscar un pacto con la fiscalía, por ello hay trabajo que hacer y le recomiendo que cuente con defensa especializada en la materia dado que se supera en 4 veces la cantidad fijada como autoconsumo con carácter general, que es de 25 gramos.
Si desea que le ofrezca presupuesto por llevar su defensa no dude en solicitarlo indicando la ciudad en la que se tramita el procedimiento y la fase procesal en la que se encuentra: con fecha de juicio y, por tanto, cerrada la instrucción o sin fecha para juicio y, por tanto, en instrucción.
Un saludo.
Khalilel 18 / Ago / 2022 a las 12:44 pm
Hola! Tengo una pregunta y espero que me ayude por favor,
He estado 1 año preso por delito contra la salud pública y sale de libertad bajo fianza después de estar 1 año preso, espere juicio fuera, y el día de juicio me condenaron 3 años y medio pero como declare antes que soy consumidor y todo porque ya había dado positivo en la prueba que me habían hecho estando preso, en la sentencia la condena me la dejaron suspendida a cambio de 4 años condicionar pero ir hacer cada mes la analítica en un centro de médico, bien
Ahora llevo 2 años i yéndome al al cap cada mes haciendo analíticas de orina en estos 2 años he dado 3 veces positivo en cocaina y me enviaron una notificación de advertencia de la audiencia que si vuelvo a dar más positivo en las otras analíticas sería la última vez y me ingresarían en presion.
Y hoy he dado otro positivo en cocaina después de que me adviertan.
Me pregunta es me pueden ingresar en presión y que puedo hacer para evitar que me ingresan.
Muchas graciasResponder
GRAIGHMIZel 8 / Oct / 2022 a las 1:19 am
They coached together for 10 years in New York Parcells as defensive coordinator and then head coach, Belichick as linebackers coach, special teams coach, and defensive coordinator and they won two Super Bowls together while revolutionizing the game with a 3 4 defense and unleashing Lawrence Taylor on the NFL lasix overdose
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